Convictos por Incesto o Trata Humana No Podrán Salir en Libertad Bajo Palabra

Una Medida de Protección

El Senado de Puerto Rico ha dado un paso importante en la lucha contra la violencia sexual. En enero de 2023, se reportaron 417 incidentes de violencia sexual en la isla. Esta alarmante estadística ha llevado a una enmienda al Código Penal y la Ley de Libertad Bajo Palabra que añade los delitos de incesto y trata humana a las exclusiones de este beneficio.

La Ley 85-2022 ya excluía de la libertad bajo palabra a personas convictas por delitos de agresión sexual o pornografía infantil. La P. de la S. 1289, propuesta por la senadora Elizabeth Rosa Vélez, busca ampliar esta exclusión para abordar el creciente problema de abuso sexual a menores en la isla.

El proyecto es una respuesta al aumento significativo en los casos de maltrato a menores en Puerto Rico. La senadora Rosa Vélez, al presentar la medida, expresó su preocupación por la vulnerabilidad de los niños que no pueden defenderse. "Con este proyecto, buscamos mitigar un poco el sufrimiento de estos niños después de que la puerta se cierra, cuando ninguno de nosotros los puede defender", afirmó.

El Plan Nacional para la Prevención de Maltrato a Menores en Puerto Rico realizó un estudio piloto que reveló los efectos a largo plazo del abuso sexual en los menores. Estos efectos incluyen problemas de autoconcepto, hipervigilancia y agresividad, entre otros. El abuso y el maltrato dejan cicatrices emocionales y mentales que los menores llevan consigo durante toda su vida.

El proyecto ha recibido opiniones diversas. Mientras algunos argumentan que ya existen leyes estatales y federales para proteger a los niños de los delitos sexuales, otros creen que los ofensores sexuales, en especial los de incesto y trata humana, deben estar excluidos de cualquier beneficio que permita la libertad bajo palabra.

El Departamento de la Familia expresó su apoyo a la medida, destacando que el abuso sexual es un grave problema social que afecta a la seguridad y el bienestar de las personas. La Alianza para la Paz Social también endosó el proyecto, enfocándose en la necesidad de proteger a los menores.

Sin embargo, la Sociedad para Asistencia Legal (SAL) considera inadecuadas las premisas de la medida, argumentando que toda persona convicta de estos delitos debe tener la oportunidad de ser evaluada y considerada. Además, señalan las consecuencias económicas para el Estado, ya que mantener a una persona confinada en Puerto Rico es costoso.

La enmienda fue aprobada con 21 votos a favor y uno en contra en el Senado y ahora pasa a la consideración de la Cámara de Representantes. Esta medida es un paso significativo en la protección de los menores y la lucha contra la violencia sexual en Puerto Rico.

Fuente: Noticel

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Dr. César Vázquez Muñiz

Un Legado de Compromiso Médico y Valores Cristianos

El Dr. César Vázquez Muñiz es un médico puertorriqueño con una historia que va más allá de sus credenciales profesionales. Nacido el 28 de enero de 1954 en Aguadilla, Puerto Rico, sus raíces enriquecieron su compromiso con la medicina y su fe cristiana.

Desde su temprana graduación de la escuela pública Ángel Ramos en Country Club, Río Piedras, con honores, hasta su destacada participación en el baloncesto de la Universidad UHS, el Dr. Vázquez siempre mostró determinación y liderazgo. Estos atributos lo llevaron a graduarse en Medicina de la Universidad de Puerto Rico y fundar las organizaciones "Cristianos en Naturales" y "Cristianos en Ciencias Médicas", demostrando su compromiso tanto con la medicina como con su fe cristiana.

Su carrera médica está marcada por logros significativos, incluida su certificación en Medicina de Familia y Medicina Interna. Además, se subespecializó en Enfermedades Cardiovasculares, lo que le otorgó una visión más profunda de la medicina. Como conferencista y médico, ha compartido su conocimiento médico en todo Puerto Rico.

El Dr. Vázquez no solo es un médico destacado sino también un líder en asuntos sociales y valores cristianos. Ha sido cofundador y presidente de la Asociación pro-Vida de Puerto Rico, pastor de varias congregaciones y portavoz en coaliciones defensoras de la familia. En 2019, fundó y preside el "Proyecto Dignidad", demostrando su compromiso con la sociedad puertorriqueña.

En sus momentos de ocio, el Dr. César Vázquez Muñiz disfruta de la lectura, la música y el deporte, además de viajar y pasar tiempo con su familia y nietos.

Su trayectoria, tanto médica como en la promoción de valores cristianos, refleja un compromiso sólido y una dedicación incansable. El Dr. Vázquez representa un ejemplo inspirador para todos aquellos que buscan un equilibrio entre una carrera exitosa y la promoción de principios fundamentales en la vida.

El Dr. César Vázquez Muñiz no solo ha dejado huella en la medicina, sino también en la sociedad y la promoción de valores cristianos. Su historia es un testimonio de cómo la fe y la vocación pueden converger en una vida de propósito y servicio a la comunidad.

Bio-Cesar-Vazquez

EDUCACIÓN – EXPERIENCIA PROFESIONAL 

1974 Pre-Médica, Universidad de Puerto Rico, San Juan-Cofundador Cristianos en Naturales 

1978 Doctorado en Medicina, Universidad de Puerto Rico, Escuela de Medicina, Recinto de Ciencias Médicas, San Juan PR- Cofundador Cristianos en Ciencias Médicas 

1978 Reválida de medicina a nivel nacional National Board of Medical Examiners

1981 Especialidad en Medicina de Familia, Programa de Medicina de Familia, Escuela de Medicina, Recinto de Ciencias Médicas, Universidad de PR, San Juan PR 

1981 Family Medicine Board Certification 

1981 julio - octubre -US Public Health Service, San Juan PR

1981 noviembre - julio 1982, Director Médico CDT Comerio, Corporación de Servicios de Salud de la Montaña 

1982-1986 Director Médico Hospital San Rafael, Caguas PR 

1987- 1991 Práctica privada en Medicina de Familia, Bayamón PR 

1991-1993 Especialidad en Medicina Interna, Hospital Universitario Ramón Ruiz Arnau, Bayamón, PR 

1993 Internal Medicine Board Certification 

1993 -1996 Sub-especialidad en Enfermedades Cardiovasculares, Hospital Universitario de Río Piedras y Centro Cardiovascular de PR y del Caribe, Centro Médico San Juan PR  

1996 Cardiovascular Diseases Board certification 

1996 al presente: práctica privada de Enfermedades Cardiovasculares, Bayamón y Humacao, PR y Conferencista de Temas Médicos   


ORGANIZACIONES  

1980 cofundador y presidente Asociación pro -Vida de Puerto Rico,

1980 – 2019 Pastor de la Catacumba de Guaynabo (1980-86) y de Bayamón (19862019); miembro de la Junta de Directores del Ministerio   

2007 - 2011 Portavoz y Vicepresidente Coalición Ciudadana en Defensa de la Familia 

2013 - 2019 Portavoz de PR por la Familia, Conferenciante de temas bíblicos, de sexualidad y de familia  

PARTIDO POLÍTICO 

Marzo 2019 Fundador y Presidente Proyecto Dignidad

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Jenniffer González descarta impulsar legislación a favor de la vida en Puerto Rico

En una reciente declaración, Jenniffer González, comisionada residente en Washington y candidata a la gobernación por el Partido Nuevo Progresista (PNP), dejó claro que no impulsará legislación para proteger la vida humana en el vientre en caso de llegar a la gobernación. Aunque González se declara a favor del derecho a la vida, considera que hay otras prioridades gubernamentales en Puerto Rico que requieren más atención.

"Creo que el gobierno de Puerto Rico tiene muchas otras prioridades que atender", afirmó González en una entrevista con el periódico El Nuevo Día. Esta declaración ha generado debate y desilusión en un sector conservador del PNP que esperaba que González defendiera activamente el derecho a la vida en caso de acceder al cargo de gobernadora.

En sus declaraciones completas en Twitter, González subrayó su apoyo al derecho a la vida, pero también hizo hincapié en el respeto al estado de derecho vigente, que incluye excepciones en casos de aborto por razones médicas, violación o incesto. Estas declaraciones han desencadenado discusiones sobre el papel de la legislación y el gobierno en la protección de la vida fetal en Puerto Rico. El debate continúa, y los seguidores de Jenniffer González están divididos en sus opiniones sobre esta cuestión de importancia

Fuente:  Buenas Nuevas El nuevo día


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Concierto de Villano Antillano ahora será “Solo para mayores de 18 años”

En un giro inesperado, el esperado concierto de la famosa rapera puertorriqueña, Villano Antillano, ha generado una controversia significativa antes de su fecha programada del 27 de octubre en el Coca Cola Music Hall. La polémica se centra en la posible asistencia de menores al espectáculo y las preocupaciones relacionadas con el tipo de ambiente que podría generarse en este evento.

La controversia comenzó cuando Villano Antillano, conocida por su influencia en la comunidad LGBTT+ y su éxito en la música urbana, hizo comentarios insinuantes sobre su concierto "Babilonia". Describió el evento como "una noche llena de magia, lujuria y mucha satería", lo que desató una serie de insinuaciones y comentarios que cuestionaban la idoneidad del espectáculo para un público joven.
En respuesta a esta creciente preocupación, Jorge L. Pérez, gerente regional de ASM Global Puerto Rico, la empresa que opera el Coca Cola Music Hall, emitió un comunicado oficial. En él, anunció que el concierto de Villano Antillano, originalmente permitido para mayores de 16 años, ahora se restringirá a adultos mayores de 18 años. Pérez enfatizó que la seguridad y el cumplimiento de las leyes de Puerto Rico son de máxima prioridad para el lugar y que no permitirán ninguna violación de la integridad humana ni del orden público en el evento.

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Fuente: www.elnuevodia.com

Proyecto de Ley 1889: Protegiendo a Nuestros Menores

¿Conoces el Proyecto de Ley 1889, presentado el 11 de octubre de 2023, por la Representante de Proyecto Dignidad Lissie Burgos?

"Ley para Proteger a los Menores de ser Sometidos a Terapias y/o Tratamientos Hormonales y Cirugías Plásticas para Cambios Estéticos No Congruentes con el Sexo Biológico", es el título completo de esta legislación. Su objetivo es claro: prohibir terapias y/o tratamientos hormonales y cirugías estéticas para personas menores de veintiún (21) años.


La Necesidad de Proteger a Nuestros Niños: Esta legislación se origina en una preocupación genuina por el bienestar de nuestros menores. Son conocidos numerosos casos donde menores de edad han sido sometidos a terapias o intervenciones invasivas con la intención de cambiar características físicas no congruentes con su sexo biológico. Sin embargo, al llegar a su mayoría de edad, estos jóvenes se dan cuenta de que no necesitaban esas intervenciones, sino otro tipo de ayuda o tratamiento para abordar sus necesidades reales. Lo más lamentable es que las consecuencias de estas terapias o de la remoción de partes de su cuerpo son irreversibles.

Este Proyecto de Ley tiene como objetivo primordial evitar que nuestros menores pasen por experiencias tan delicadas y, a menudo, perjudiciales. Busca asegurar que, antes de tomar decisiones médicas que puedan cambiar la vida de un menor, se considere con seriedad su capacidad de decisión y se evalúe su verdadera necesidad. La protección de los menores es el principio rector de esta legislación.


Medios y su Responsabilidad en la Información:  Por otro lado, este Proyecto de Ley también pone de manifiesto la importancia de la integridad en los medios de comunicación. Algunos medios han publicado titulares sensacionalistas que pueden distorsionar la realidad y desinformar al público. Un ejemplo de esto es el titular de un medio que presenta una versión distorsionada del Proyecto de Ley.


Lamentablemente, la manipulación de los medios de prensa puede socavar la confianza del público y minar la credibilidad de la prensa. En un mundo donde la información fluye constantemente, es esencial recordar que la verdad y la precisión son fundamentales para el periodismo de calidad. La veracidad en los medios de prensa es esencial para la salud de nuestra sociedad y la democracia en su conjunto.

Te invitamos a leer el Proyecto de Ley 1889 en su totalidad y a informarte sobre su contenido real. Además, te animamos a que llames a tus Representantes para expresar tu apoyo a la protección de nuestros menores. En un asunto tan importante, es fundamental que todos estemos informados y que nuestras voces se escuchen. Juntos, podemos asegurar un futuro más seguro y saludable para nuestros niños y niñas.

En Alianza de Juristas Cristianos, estamos comprometidos a mantenerte informado sobre asuntos legales y legislativos que impactan a nuestra sociedad y nuestra fe. Te invitamos a estar atento a futuras actualizaciones sobre este Proyecto de Ley y otros temas relevantes.

Proyecto P. del S. 1345 en Puerto Rico: Fortaleciendo la Protección de la Libertad Religiosa

La libertad religiosa es un derecho fundamental que forma parte de la Constitución federal y estatal en los Estados Unidos y, por extensión, también se aplica en Puerto Rico. En esta ocasión, se ha presentado un proyecto de ley en el Senado de Puerto Rico, el P. del S. 1345, que busca establecer las "Guías para la Protección de la Libertad Religiosa." Pero, ¿qué implica exactamente esta ley? Veamos a continuación…

Libertad Religiosa: Un Derecho Fundamental

La libertad religiosa abarca mucho más que la simple creencia en una religión. También implica la libertad de actuar de acuerdo con esas creencias y principios, siempre y cuando no interfiera con el bien común general. Esta libertad es garantizada en la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución de Puerto Rico, junto con diversas leyes federales y estatales. Además, la libertad religiosa no solo es un asunto de política pública, sino un derecho fundamental en los Estados Unidos y Puerto Rico.

La Separación de Iglesia y Estado

En el sistema legal y constitucional de Puerto Rico, la separación de iglesia y estado es crucial para garantizar el ejercicio libre de la religión. Esto implica que el gobierno no debe interferir indebidamente en asuntos religiosos, siempre que no se vea comprometida la paz, la moral o el orden público. La Cláusula de Establecimiento federal se encarga de limitar la interferencia del gobierno en asuntos religiosos, garantizando el libre ejercicio de la religión.

La Ley de Restauración de la Libertad Religiosa

La Ley de Restauración de la Libertad Religiosa de 1993 (RFRA, por sus siglas en inglés) es una legislación federal que afirma las protecciones a la libertad religiosa. Aunque esta ley fue enmendada en 2000 para excluir a los estados, se aplica explícitamente a Puerto Rico y, por lo tanto, a todo el Gobierno de Puerto Rico. El RFRA busca resolver los conflictos de manera civilizada entre la libertad religiosa de los ciudadanos y los intereses gubernamentales.

Política Pública para la Protección de la Libertad Religiosa

La Ley 5-2011 de Puerto Rico establece que todas las agencias gubernamentales deben contar con una persona de enlace para grupos comunitarios y de base de fe. Además, se ha establecido un nuevo modelo de prestación de servicios que incluye la participación activa del tercer sector y las organizaciones con base de fe.

La Nueva Ley: "Guías para la Protección de la Libertad Religiosa"

La Ley de Guías para la Protección de la Libertad Religiosa establece que es política pública proteger el derecho de los ciudadanos a practicar la religión de su elección y prohíbe la discriminación religiosa en servicios gubernamentales, concesiones de permisos, acceso a fondos y otros programas disponibles para entidades no religiosas. La ley también promueve un nuevo modelo de prestación de servicios que incluye a organizaciones de base de fe.

Cumplimiento y Resolución de Conflictos

La ley exige que todo el Gobierno de Puerto Rico revise sus políticas y prácticas para garantizar el cumplimiento de las Guías para la Protección de la Libertad Religiosa. En caso de conflictos, se aplica un escrutinio estricto, lo que significa que cualquier carga sustancial impuesta sobre la libertad religiosa debe justificarse por un interés apremiante y ser la menos onerosa.

La nueva ley de "Guías para la Protección de la Libertad Religiosa" representa un paso importante para garantizar el libre ejercicio de la religión en Puerto Rico y promover la igualdad de derechos para todos los ciudadanos, independientemente de sus creencias religiosas.

Apoyo Inquebrantable a la Libertad Religiosa

El 8 de octubre de 2023, la Asamblea Estatal del Partido Republicano de Puerto Rico emitió una resolución en apoyo a la libertad religiosa. Este acto político, con profundas raíces en los principios fundacionales de Estados Unidos y Puerto Rico, tiene como objetivo proteger uno de los derechos humanos fundamentales: la libertad de religión.


La Esencia de la Libertad Religiosa

La libertad religiosa es un derecho inalienable que abarca las creencias, expresiones, prácticas y asociaciones religiosas de cada individuo. Este principio, consagrado en la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y respaldado por estatutos federales, es fundamental para mantener la diversidad y la tolerancia en una sociedad pluralista. Thomas Paine, uno de los Padres Fundadores, expresó claramente que la religión es un asunto privado entre el individuo y su Creador, y no debe estar sujeta a interferencia de terceros o del gobierno.

Protegiendo un Derecho Inalienable

La resolución emitida por el Partido Republicano de Puerto Rico enfatiza la importancia de preservar la libertad religiosa en el territorio. Se hace eco del "Religious Freedom Restoration Act" y el "Religious Land Use and Institutionalized Persons Act", que son instrumentos legales destinados a proteger este derecho fundamental. El Partido insta a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a adoptar medidas que eviten cualquier intervencionismo gubernamental indebido en los derechos individuales e inalienables de sus ciudadanos.

Un Futuro de Libertad Religiosa

El Partido Republicano de Puerto Rico respalda el Proyecto del Senado 1345, que establece las Guías para la Protección de la Libertad Religiosa en Puerto Rico. Esta medida se fundamenta en los principios constitucionales y estatutarios, tanto federales como locales, que aplican en Puerto Rico. El objetivo es garantizar que la libertad religiosa esté protegida y respetada en todo momento.

Un Compromiso Inquebrantable

En momentos normales y desafiantes, las Constituciones de Estados Unidos y Puerto Rico no están sujetas a suspensión. La protección de la libertad religiosa es esencial para el bienestar de la sociedad y el respeto a los derechos individuales.

Este compromiso inquebrantable con la libertad religiosa demuestra la importancia de preservar la diversidad de creencias y la tolerancia en Puerto Rico. El Partido Republicano de Puerto Rico se mantiene firme en su apoyo a este derecho fundamental y en su compromiso de promover un futuro en el que la libertad religiosa prevalezca en la isla.


¿Desea contactar al “task force” de Educacion Especial?

Proviene del Artículo anterior

  • Unidad de Apoyo a la Comunidad y Divulgación: Atención a padres que buscan servicios y orientación en la Secretaría de Educación Especial

Líder: Ángel L. Tardy Montalvo

Email: tardyma@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627555


  • Apoyo al área de divulgación: Divulgación de servicios para los estudiantes en escuelas privadas y campañas de concienciación.

Líder: Wanda L. Álvarez Montero

Email: alvarezmw@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4625516

  • Unidad de Recursos Humanos: Análisis, petición y asignación de puestos para maestros y especialistas.

Líder: Janette Rivera Ortiz

Email: rivera_jan@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627558

  • Apoyo con Asistentes de Servicios al estudiante: Apoyo al Área de Recursos Humanos de la Secretaría Asociada de Educación.

Líder: Roxana B. Vizcarrondo Casiano

Email: vizcarrondocr@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627501

  • Unidad de Monitoria y Cumplimiento: Liderar los procesos de monitoria federal y estatal en las regiones educativas, escuelas públicas y en las escuelas privadas que reciben fondos del Programa por concepto de compras de servicios educativos, reembolsos y pagos directos.

Líder: Daiber N. Carrión Muñoz

Email: carrionmdn@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627539

  • Apoyo a la Unidad de Monitoria y Cumplimiento: Apoyo con el cumplimiento del caso Rosa Lydia Vélez vs el Departamento de Educación.

Líder: Jessica Santiago Santana

Email: santiagosjes@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627534

  • Unidad de Administración: Administración del presupuesto federal y estatal en coordinación con la Oficina de Presupuesto Central.

Líder: Enid Díaz Nieves

Email: Diaz_Enid@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627508

  • Apoyo a los procesos fiscales: Coordinación y seguimiento con el área de compras y el área de finanzas de nivel central para agilizar los procesos de pagos de facturas y contratos.

Líder: Félix A. Pérez

Email: perezrf@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627519

  • Unidad de Docencia y Asistencia Técnica: Fortalecer los recursos disponibles para asistencia técnica a las regiones educativas por medio de especialistas en las áreas medulares educativas.

Líder: Juliana Rosado Vázquez

Email: rosadovj@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627524

  • Unidad de Asistencia Legal: Propiciar que los procesos de conciliación que son parte de las querellas administrativas se lleven a cabo en el término establecido por la reglamentación federal.

Líder: Jocelyn N. Carrasquillo Rivera

Email: carrasquillorj@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627531

  • Unidad de Desarrollo de Políticas: Desarrollar políticas públicas y diligenciar servicios para las poblaciones elegibles a la Ley de Rehabilitación, sección 504; la atención de estudiantes dotados y estudiantes con doble excepcionalidad.

Líder: Jessica Díaz Vázquez

Email: diazvj@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627538

  • Unidad de Asistencia Tecnológica: Monitoreo del cumplimiento de los Comité Asesor de Asistencia Tecnológica (CAAT) en los diferentes estatus que se presentan en la plataforma.

Líder: Virgen M. Millán de Jesús

Email: millandj@de.pr.gov

Teléfono: 787-759-2000 ext. 4627538

Fuente: Primera Hora

Jueza Reduce Vigilancia a Educación Especial en Pleito de Clase de Rosa Lydia Vélez

La jueza María Cabrera Torres, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, ha reducido la vigilancia directa del Departamento de Educación (DE) en 11 de las estipulaciones de un pleito de clase relacionado con Educación Especial que ha durado más de 40 años. Esta decisión, solicitada por el DE, permitirá que la agencia se enfoque en mejorar la prestación de servicios. Sin embargo, los padres involucrados en el pleito consideran que esta determinación perjudicará a la población estudiantil y planean apelarla. Aunque se redujo la vigilancia, el DE aún debe pagar multas diarias de $11,000 por incumplimientos anteriores.


Tras más de cuatro décadas, el pleito de clase iniciado por padres de estudiantes de Educación Especial en Puerto Rico ha tenido un giro significativo. La jueza María Cabrera Torres, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, ha tomado la decisión de reducir la vigilancia directa del Departamento de Educación (DE) en relación con 11 de las estipulaciones que formaban parte de este largo caso judicial. Estas estipulaciones están vinculadas a áreas críticas como la evaluación inicial de estudiantes, la divulgación de servicios y la transportación.

La determinación de la jueza se basa en una solicitud presentada por el DE, que busca enfocarse en mejorar la calidad de los servicios brindados en el ámbito de la Educación Especial. La secretaria asociada interina del programa de Educación Especial, Noelia Cortés, afirmó que esta decisión no tendrá un impacto significativo en las familias ni en los estudiantes, ya que se trata principalmente de un asunto administrativo.

"No hay un impacto, como tal, mayor para las familias, porque el tema de cierre de las estipulaciones es uno administrativo. La obligación del Departamento va a continuar con las familias, igualmente con los estudiantes que se van a seguir beneficiando de los servicios. Lo que estamos dando es apertura a poder entender que mientras más fases se van cerrando, mayor disponibilidad vamos a tener a esos servicios directos para nuestros propios estudiantes del programa", explicó Cortés en una entrevista.

Sin embargo, esta determinación judicial ha generado descontento entre los padres involucrados en el pleito de clase, quienes han decidido apelar la decisión. Consideran que esta medida va en detrimento de la población estudiantil y que la supervisión del tribunal es esencial para asegurar que el DE cumpla con las estipulaciones.

A pesar de la reducción en la vigilancia de estas 11 estipulaciones, el DE sigue bajo la obligación de pagar multas diarias de $11,000 debido a incumplimientos anteriores relacionados con el pleito de clase que comenzó en 1982, cuando Rosa Lydia Vélez, una madre de una niña que recibió servicios de Educación Especial, presentó esta demanda. Los abogados del caso consideran que estas multas están relacionadas con áreas que se están fortaleciendo, incluyendo servicios compensatorios debido al impacto de la pandemia del COVID-19 en la educación.

Este desarrollo marca un hito en un caso legal que ha perdurado por generaciones y refleja los desafíos continuos en la educación de estudiantes con necesidades especiales en Puerto Rico.

Fuente: Primera Hora

Continua la información en el próximo artículo….

Coca-Cola Music Hall Confirma Política de Acceso: Mayores de 16 para el Concierto de Villano Antillano

El concierto de Villano Antillano en el Coca Cola Music Hall será exclusivo para mayores de 16 años, independientemente de si están acompañados por adultos. Esta decisión se basa en una política ya establecida por ASM Global, que administra el recinto. La prioridad es garantizar la seguridad y el cumplimiento de las leyes de Puerto Rico en todos los eventos.

La gerencia del Coca Cola Music Hall ha anunciado un importante cambio en la política de acceso al próximo concierto de Villano Antillano. A partir de ahora, el evento estará limitado exclusivamente a personas mayores de 16 años. Jorge L. Pérez, de ASM Global / Coca-Cola Music Hall, aclaró que esta decisión se basa en una política ya establecida en todas las instalaciones de ASM Global. En general, se requiere un boleto para cualquier persona mayor de 2 años que desee ingresar a sus recintos. Además, se estipula que cualquier menor de 16 años debe estar acompañado por un adulto en todo momento. Sin embargo, para el concierto de Villano Antillano, se ha decidido hacer una excepción y limitar el acceso a mayores de 16 años, sin importar si están acompañados por un adulto o no. Esta medida se tomó considerando las características específicas del evento.

Es fundamental recordar que todas las personas que asistan al concierto deben cumplir con las leyes de Puerto Rico y comportarse de acuerdo con ellas. La seguridad y el cumplimiento de la ley son prioridades fundamentales en todos los eventos que se llevan a cabo en las instalaciones de ASM Global. Este cambio en la política de acceso busca garantizar la seguridad y el bienestar de todos los asistentes al concierto de Villano Antillano en el Coca Cola Music Hall. Los fanáticos deben estar al tanto de esta actualización para asegurarse de cumplir con los requisitos de ingreso al evento.

Fuente:

FB: Buenas Nuevas